Centro público
de Pescia, s/n
29780 Nerja
Málaga
El curso de FP, Tecnico Superior en Sistemas de regulación y control automáticos te permitirá obtener tu título oficial casi sin darte cuenta. Con la formación teórico-práctica que tendrás te preparemos para el mundo laboral. No dejes pasar la oportunidad de convertirte en un profesional demandado.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la electricidad y la electrónica. Ya sea en ámbito público o privado, o creando su propia empresa. Con nuestro métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo.
Con este curso de FP grado superior podrás ser:
Con el Grado Superior de FP en Documentación Sanitaria podrás organizar, dirigir, gestionar, definir y evaluar todo el proceso de tratamiento de la información y documentación de cualquier clínica. ¿A qué esperas para asegurarte un gran futuro profesional?
Curso dirigido a:
Dirigido a todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector sanitario público y privado, o creando su propia empresa.
¿Cuáles son las salidas profesionales?
El título oficial de Grado Superior FP de Técnico superior en Imagen para el Dignóstico te permite obtener todas las competencias profesionales necesarias para trabajar en este apasionante sector.
Curso dirigido a:
Con el curso de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico tendrás la preparación para trabajar en el sector sanitario, en unidades de radiodiagnóstico y de medicina nuclear, en centros de investigación y en institutos anatómico-forenses o de medicina legal, así como en centros veterinarios y de experimentación animal, y delegaciones comerciales de productos hospitalarios, farmacéuticos y técnicos de aplicaciones en electromedicina.
Realizarás tu trabajo bajo la supervisión del médico especialista correspondiente y el supervisor de la instalación.
Sí, siempre y cuando sea un Título Oficial de un Ciclo Formativo de Grado Superior, y en función de la rama de la carrera universitaria a la que desees acceder.
El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.
El centro de Formación Profesional debe dirigirse a la web de su Consejería competente en materia de Educación para conocer la documentación que facilite la solicitud y posteriormente, gestión de los proyectos de FP Dual en cada curso académico.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.