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pg. de Circumval·lació, 8
08003 Barcelona
Barcelona
Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Prevención de Riesgos y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.
Curso dirigido a:
Para aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector del mantenimiento y servicios a la producción. Ya sea en el ámbito público o privado, o hasta creando tu propia empresa.
Ideal como formación complementaria, asegúrate un bonus por parte de tu empresa por ejercer de Técnico Superior en Prevención de Riesgos profesionales
Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:
Este curso de FP grado superior te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ,ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve esta increíble profesión. Los grados superiores están para hacerte la vida más fácil.
Curso dirigido a:
Podrás ejercer tu actividad profesional en el sector de la comunicación, público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa.
Estas son solo algunas de las posibilidades que tendrás con tu curso a distancia y el título de FP de grado superior.
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:
*Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.