Centro público
CL. LAS MONJAS, 32
02200 Casas-Ibañez
Albacete
El curso de FP, Tecnico Superior en Sistemas de regulación y control automáticos te permitirá obtener tu título oficial casi sin darte cuenta. Con la formación teórico-práctica que tendrás te preparemos para el mundo laboral. No dejes pasar la oportunidad de convertirte en un profesional demandado.
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A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la electricidad y la electrónica. Ya sea en ámbito público o privado, o creando su propia empresa. Con nuestro métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo.
Con este curso de FP grado superior podrás ser:
No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Consigue tu título superior gracias a las pruebas libres de Formación Profesional de Técnico Superior en Animación de actividades físicas y deportivas.
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas delas salidas profesionales de este curso FP de grado superior a distancia:
En empresas y entidades públicas y privadas, como:
Gracias a este curso FP a distancia, ahora puedes aprobar tus pruebas libres del título oficial de grado superior en Interpretación de la Lengua de los Signos de la manera más cómoda y sencilla. No dejes pasar esta oportunidad única y pide información sin compromiso.
Curso dirigido a:
Al finalizar este curso de Técnico Superior podrás desempeñar puestos de trabajo de:
Son decenas las posibles especializaciones tanto en el sector privado como el público: educación, justicia, empresas, ONGs...
El acceso a los ciclos formativos puede ser directo, cuando se reúnan las condiciones académicas y de edad necesarias según el nivel del ciclo de que se trate o mediante la superación de la prueba de acceso, que tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades necesarios para cursar con aprovechamiento los estudios.
Los ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior, que se ofertan a distancia tienen 2000 horas de duración, en el caso de la modalidad presencial tienen una carga horaria lectiva de 1000 horas por curso escolar. Aunque una de las ventajas de la modalidad a distancia es que se realiza con una total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, la superación de estos módulos requerirá de un trabajo y esfuerzo similar, por lo que se debe valorar el número de módulos que el alumnado podrá asumir así como su carga horaria equivalente en la modalidad presencial y su posible grado de dificultad, para poder así compatibilizar las enseñanzas con su disponibilidad
Dentro de la oferta formativa se podrá consultar las horas lectivas asociadas a cada módulo profesional antes de realizar la matriculación. No es aconsejable matricularse de un conjunto de módulos profesionales asociados a una carga lectiva superior a la disponibilidad horaria de la persona interesada.
Es importante recordar que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cuándo y el cómo hacer la inscripción y/o matrícula ha de consultarlo en cada Administración Educativa, ya que, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo fija cada una de ellas.
Sí, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, siempre que se acredite al menos una experiencia laboral de un año a tiempo completo que se corresponda con el trabajo relacionado con los respectivos estudios profesionales.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.