Centro de FP Superior INGAFOR

Centro Privado de Formación Profesional Específica INGAFOR

Centro privado

C/ CONDESA CASA BÁRCENA, 11, BAJO

36204 Vigo

Pontevedra

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Otros grados destacados

Grado Superior en Instalaciones Electrotécnicas

El curso de FP, Técnico superior en Instalaciones Electrotécnicas te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ,ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión de electricista. Ya sea para gestionar tu propio taller o mantener la distribución energética de un gran centro.

Curso dirigido a:

A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la electricidad y la electrónica. Ya sea en ámbito público o privado, o creando su propia empresa. Con nuestros métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo.

Con los nuevos cursos de grados superiores:


  • Líneas eléctricas de distribución de energía eléctrica en media y baja tensión.
  • Instalaciones de electrificación en baja tensión para viviendas y edificios.
  • Instalaciones singulares (antenas, telefonía, interfonía, megafonía, seguridad y energía solar fotovoltaica) para viviendas y edificios.
  • Instalaciones automatizadas "domóticas" de gestión técnica, para viviendas y edificios.
  • Técnico en supervisión, verificación y control de equipos e instalaciones electrotécnicas.

Curso Técnico superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos

No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Las pruebas libres de Formación Profesional que cada año se convocan te abren las puertas a un título oficial superior en tiempo récord! Con este curso a distancia podrás aprobar a la primera.

Curso dirigido a:

Gracias a este curso FP podrás ser Técnico Superior rápidamente, pudiendo trabajar como:

  • Encargado de explotaciones forestales.
  • Encargado de máquinas y equipos agrícolas.
  • Gestor cinegético.
  • Viverista.
  • Jefe de taller rural.
  • Silvicultor.
  • Agente de medio ambiente.
  • Encargado de control del medio natural.
  • Guía de la naturaleza.
  • Colaborador de centros de interpretación de la naturaleza.
  • Encargado de piscifactorías.
  • Responsable de obra de jardinería a pie de obra.
  • Encargado de prevención y extinción de incendios forestales.
  • Colaborador en gabinetes de educación ambiental.
  • Colaborador en laboratorios de investigación y control.

Grado Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos

El Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos te permitirá trabajar en las áreas técnicas de la dirección de cine, en el montaje cinematográfico o como regidor de teatro o en la dirección de espectáculos. Infórmate ahora.

Curso dirigido a:

El curso de Técnico Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos está destinado a aquellos profesionales que quieren enfocar su actividad laboral como:

  • Técnico de realización de televisión en control.
  • Técnicos de realización de televisión en estudio.
  • Técnico en dirección de cine.
  • Secretario de rodaje.
  • Técnico en montaje cinematográfico.
  • Técnico en edición de V.T.R..
  • Técnico mezclador de vídeo.
  • Técnico de postproducción.
  • Técnico de dirección en espectáculos.
  • Regidor de teatro.

Preguntas Frecuentes

¿Es posible quedar exento de la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo?

Sí, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, siempre que se acredite al menos una experiencia laboral de un año a tiempo completo que se corresponda con el trabajo relacionado con los respectivos estudios profesionales.

¿Puedo matricularme de más de un Ciclo Formativo a la vez?

Los ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior, que se ofertan a distancia tienen 2000 horas de duración, en el caso de la modalidad presencial tienen una carga horaria lectiva de 1000 horas por curso escolar. Aunque una de las ventajas de la modalidad a distancia es que se realiza con una total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, la superación de estos módulos requerirá de un trabajo y esfuerzo similar, por lo que se debe valorar el número de módulos que el alumnado podrá asumir así como su carga horaria equivalente en la modalidad presencial y su posible grado de dificultad, para poder así compatibilizar las enseñanzas con su disponibilidad

Dentro de la oferta formativa se podrá consultar las horas lectivas asociadas a cada módulo profesional antes de realizar la matriculación. No es aconsejable matricularse de un conjunto de módulos profesionales asociados a una carga lectiva superior a la disponibilidad horaria de la persona interesada.

Es importante recordar que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el cuándo y el cómo hacer la inscripción y/o matrícula ha de consultarlo en cada Administración Educativa, ya que, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo fija cada una de ellas.

¿Qué ocurre con el alumnado de 1º de PCE que pase a 2º curso con algún módulo pendiente?

El equipo educativo establecerá las medidas necesarias para recuperar el o los módulos pendientes.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.