Centro privado
CL RAMÓN Y CAJAL 2
46470 Catarroja
Valencia
El título oficial FP de Técnico superior en eficiencia energética y energía solar térmica te permitirá profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo.
Curso dirigido a:
A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:
El título oficial FP de Técnico Superior en Integración Social te garantiza obtener los conocimientos básicos para desenvolverte en cualquier actividad relacionada con los servicios socioculturales y de la comunidad. Una área cada vez más respetada y con mayor inserción labora.
Curso dirigido a:
Insertarse laboralmente en un puesto de trabajo concreto de los relacionados,
Se puede conseguir distintas especializaciones, mediante un periodo de adaptación y adiestramiento, determinadas por:
Este título superior de Guía, información y asistencia turísticas te ofrece la posibilidad de conseguir una profesión en el mundo del turismo y la hostelería con el que tendrás importantes oportunidades laborales. La FP de Grado Superior te abre las puertas del mercado laboral.
Curso dirigido a:
A ejercer tu actividad profesional en el sector de la hostelería y turismo público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Estas son solo algunas de sus salidas profesionales:
a) Ciclos de formación profesional básica, por el que se obtienen el título de formación profesional básica. Estas enseñanzas sólo están destinadas con carácter general a jóvenes de entre 15 y 17 años que no tienen el título de Educación Secundaria Obligatoria.
b) Ciclos de grado medio, por los que se obtienen los títulos de Técnico.
c) Ciclos de grado superior, por los que se obtienen los títulos de Técnico Superior.
d) Cursos de especialización, que se realizan una vez que ya se tiene un título y se trata de enseñanzas que todavía no están implantadas en el sistema educativo.
Las fechas de preinscripción y matrícula así como todo lo relativo al proceso de admisión de alumnos (tasas, cupos, notas de corte, etc.) es competencia de cada Comunidad Autónoma y una vez que lo hacen público, procedemos a ponerlo en TodoFP en el apartado denominado Cuándo inscribirse.
El plazo de solicitudes para estudiar FP a distancia es variable en función de la organización propia de cada Comunidad Autónoma y a veces coincide con las fechas de la modalidad presencial, pero otras veces no. Algunas comunidades también tienen plazo extraordinario en septiembre o en otros meses. Pero no siempre es así.
Una vez que se ha optado por estudiar un ciclo en esta modalidad, debe consultarse la página específica de aquella comunidad donde lo vaya a cursar, ya que en la convocatoria concreta se especifica todo lo relativo a este proceso de admisión de alumnos. Y consultar cualquier duda en la Consejería de Educación correspondiente.
Mediante la realización de estas pruebas se puede obtener un título de Formación Profesional presentándose a un examen, sin necesidad de cursar ningún ciclo formativo. Se puede presentar cualquiera que cumpla los requisitos de acceso al correspondiente ciclo formativo. No obstante, hay que tener en cuenta que están destinadas a personas que tienen una experiencia profesional considerable en un ámbito determinado pero no tienen titulación o para aquellas que han realizado estudios de Formación Profesional sin haberlos concluido.
Se puede consultar el calendario de pruebas libres en las distintas Comunidades Autónomas en esta página Web.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.