Centro público
Alfredo Palma, s/n
29600 Marbella
Málaga
En la administración y gestión de una empresa cada vez es más valorada la figura de Secretaria. En un ámbito laboral tan competitivo todo buen directivo necesita de una mano derecha, y ahora sin duda, con esta formación tu lo podrás ser. Ahora más que nunca la Formación Profesional avanza contigo!
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran convertirse en profesionales demandados.
Los cursos de grados superiores de FP lo harán posible.
Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal gracias a este curso a distancia.
Curso dirigido a:
A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:
Ejercer su actividad profesional en el sector de la imagen personal público y privado, en empresas privadas del sector o creando mi propia empresa.
Estas son solo una muestra de las oportunidades que se te presentarán cuando finalices tu curso y obtengas tu título oficial de Técnico Superior:
¿Quieres aprender a desarrollar de aplicaciones web, para móviles o videojuegos y convertirlo en tu profesión?. Como técnico superior dispondrás de una profesión reconocida que te abrirá grandes oportunidades laborales. Consigue el título de este grado superior y especialízate en el desarrollo de aplicaciones web.
Curso dirigido a:
Desarrollarás tu actividad profesional en empresas o entidades públicas o privadas tanto por cuenta ajena como propia, desempeñando su trabajo en el área de desarrollo de aplicaciones informáticas relacionadas con entornos web (intranet, extranet e internet).Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Mediante la realización de estas pruebas se puede obtener un título de Formación Profesional presentándose a un examen, sin necesidad de cursar ningún ciclo formativo. Se puede presentar cualquiera que cumpla los requisitos de acceso al correspondiente ciclo formativo. No obstante, hay que tener en cuenta que están destinadas a personas que tienen una experiencia profesional considerable en un ámbito determinado pero no tienen titulación o para aquellas que han realizado estudios de Formación Profesional sin haberlos concluido.
Se puede consultar el calendario de pruebas libres en las distintas Comunidades Autónomas en esta página Web.
Todos los ciclos formativos, tanto los de grado medio como los de grado superior, incluyen un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Es obligatorio superarlo para obtener la correspondiente titulación; no tiene carácter laboral y son prácticas que el alumno realiza en la empresa, no conlleva, por tanto, una relación contractual y completará la adquisición de las competencias profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.
Este módulo se realiza una vez que se han superado el resto de módulos que componen el ciclo al final del segundo año del curso, y con carácter general tiene una duración de 346 horas, aproximadamente 9 semanas en empresas a jornada completa.
Puedes estudiar Formación Profesional en centros públicos y privados que cuenten con la autorización de la Administración Educativa de cada comunidad.
También puedes cursar tus estudios de FP en centros que impartan la formación de forma online o a distancia y superar las pruebas libres que convoca cada comunidad autónoma de forma obligatoria cada año.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.