Día de buen humor en las aulas: hoy empiezan las vacaciones de Semana Santa en los centros asturianos. Aproximadamente 13.000 de los alumnos que dejan momentáneamente aparcados libros y apuntes ya no regresarán a sus centros de estudio a vuelta de vacaciones, sino a las empresas que los acogerán hasta junio como profesionales en prácticas. Son los alumnos de segundo curso de los ciclos superiores de Formación Profesional.
La FP es el único modelo formativo del sistema educativo español en el que las prácticas en empresas son una asignatura más que aprobar. Hacerlo con solvencia puede suponer emprender definitivamente el vuelo profesional.
Es uno de sus puntos fuertes, pero tiene más: la Formación Profesional de Grado Medio y de Grado superior tiene el equilibrio entre la formación teórica y la práctica, su especialización, su capacidad de adaptación a la realidad, la duración de sus ciclos -dos años- y su encaje con otros estudios.
Una combinación con la que los jóvenes sintonizan porque habla su mismo lenguaje: práctico, dinámico y, en el buen sentido de la palabra, cortoplacista.
En la FP se aprende haciendo; es un recorrido en paralelo de formación y oficio que supera ese modelo clásico que todos heredamos y perpetuamos mecánicamente y en el que primero va lo uno y luego, ya en el mundo real, lo otro. Lo cierto es que para las empresas cobra especial valor ese «oficio» entendido como «saber» y además «saber hacer», el tan valioso «know how».
Los diferentes indicadores de entrada -nivel de matriculación- y de salida -inserción laboral, capacidad emprendedora, rendimiento en las empresas- han ido en ascenso, y en ellos Asturias está en la media no sólo nacional, sino también comunitaria.
Suena bien y es real, sin embargo la Formación Pofesional tiene todavía una asignatura pendiente en la mentalidad de toda una sociedad, la española, que la sigue considerando una alternativa de segundo orden para quien no puede o no quiere ir a la Universidad. El sociólogo Oriol Homs en su estudio «La FP en España» habla de una convicción de que está en «lo más profundo del imaginario colectivo».
¿No es hora ya de sacudirnos estas construcciones mentales heredadas, elaboradas sobre complejos y prejuicios, tal como lo hemos hecho con tantos otros aspectos como sociedad y como individuos?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.
Todos los ciclos formativos, tanto los de grado medio como los de grado superior, incluyen un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Es obligatorio superarlo para obtener la correspondiente titulación; no tiene carácter laboral y son prácticas que el alumno realiza en la empresa, no conlleva, por tanto, una relación contractual y completará la adquisición de las competencias profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.
Este módulo se realiza una vez que se han superado el resto de módulos que componen el ciclo al final del segundo año del curso, y con carácter general tiene una duración de 346 horas, aproximadamente 9 semanas en empresas a jornada completa.
Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.