Se accede directamente a la formación profesional de grado superior estando en posesión del título de bachiller.
También pueden acceder a la formación profesional de grado superior aquellos que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones o estudios, de acuerdo con lo regulado en el Decreto 1538/2007, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del Sistema Educativo (B.O.E. del 3 de enero 2007):
En el caso de que no se posea alguno de los requisitos de acceso a Ciclos Formativos de grado superior anteriormente citados, los aspirantes podrán realizar una prueba de acceso que será convocada por las distintas Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas, y cuya superación tendrá validez en todo el territorio nacional.
Para acceder por esta vía a los ciclos formativos de grado superior se requerirá tener, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquel al que se desea acceder.
Además, se permite cursar un ciclo formativo de grado superior quedando exentos de prueba a aquellos aspirantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
El título de Técnico Superior en la especialidad correspondiente, para lo cual hay que superar todos los módulos profesionales que componen el Ciclo Formativo, además del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
NO, ya que los Ciclos Formativos de Grado Superior suponen una cualificación de nivel 3 (estudios no universitarios), mientras que una Diplomatura corresponde a una cualificación de nivel 4 (estudios universitarios).
Solamente debes tener 19 años de edad, o cumplirlos durante el 2010 o Tener 18 años o cumplirlos durante el 2010 y tener un título de FP técnico de la misma familia profesional a la que quieras acceder.
Podrás acceder a los Ciclos Formativos de Grado Superior correspondientes a la modalidad en la que has superado dicha prueba.
Tantas veces como quieras, pues no hay límite en el número de convocatorias.
Existe la posibilidad de que se te convaliden ciertos módulos del exámen siempre que aportes la documentación que te soliciten, demostrando una experiéncia laboral de un año en la actividad a la que deseas acceder mediante la prueba de acceso al ciclo Superior de FP.
Los alumnos tendrán derecho a exención en alguna parte de las pruebas si cumplen los siguientes requisitos:
Si tienes aprobada la Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, estás exento de realizar las pruebas libres de acceso al Grado Superior que hayas elegido
Procede la exención sin necesidad de que el interesado deba solicitarla. Pudiendo, por tanto, participar directamente en el proceso de admisión a ciclos formativos de grado superior. No obstante la prioridad en la admisión quedará condicionada a la opción de la prueba superada.
Haber superado la Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en alguna de las otras opciones.
Si has superado las pruebas de Acceso a los ciclos formativos de grado superior en otra opción diferente a la que quieres acceder, quedarás exento de la parte común si presentas un Certificado de haber superado la prueba de acceso en otras opciones. Esta situación es válida solamente desde el curso 2007/2008. No servirán certificados de años anteriores
Haber superado las materias de Lengua y Matemáticas en el Bachillerato
Para no realizar la parte común de la prueba en este caso deberás aportar una Certificación académica del Secretario del Centro en la que conste la superación de lengua en primero y segundo de Bachillerato y matemáticas de segundo de Bachillerato.
Si ya tienes el título de Técnico correspondiente a alguna de las familias profesionales incluidas en la misma opción de la parte específica a la que pertenece el ciclo formativo que desea cursar no tendrás que realizar la prueba específica.
La Orden de 12 de marzo de 2008 indica cuando debe aplicarse esta excepción a la prueba específica: A estos efectos, no procederá la exención para quienes estén en posesión del Título de Técnico Auxiliar anterior a la LOGSE, ya que no son equivalentes a efectos académicos.
Si has superado las materias de bachillerato correspondientes a la opción elegida no deberás hacer la parte específica
Para ello deberás aportar una Certificación académica del Secretario del Centro en la que conste la superación de las materias de Bachillerato que de la opción elegida al Grado Superior al que quieres acceder.
Si acreditas una experiencia laboral de al menos el equivalente a un año con jornada completa, en el campo profesional relacionado con alguna de las familias profesionales incluidas en la misma opción de la parte específica a la que pertenece el ciclo formativo que deseas cursar no tendrás que realizar la prueba específica.
Esta excepción sólo será válida para relaciones laborales o de trabajo autónomo que se acrediten tal y como indica la Orden de 12 de marzo de 2008. No procederá, en ningún caso, en otro tipo de relaciones tipo becas, colaboraciones especiales, etc.
Si eres un deportista de alto nivel o de alto rendimiento y quieres acceder a los Grados superiores de los títulos de formación profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas estás exento de la parte específica de la prueba
Para ello sólo debes aportar un Certificado del Secretario De Estado-Presidente del Consejo Superiorde Deportes, o de la Comunidad Autónomaen el que quede acreditada tu condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
Si tienes un certificado de profesionalidad de nivel II o superior al amparo de la Ley de las cualificaciones 5/2002 correspondiente a algunas de las familias profesionales incluidas en la misma opción de la parte específica a la que pertenece el ciclo formativo que quieres cursar, estarás exento de la parte específica de la prueba.
Para ello deberás aportar los Certificados emitidos por la Administración Laboral al amparo de la Ley de las Cualificaciones profesionales 5/2002
Domina todo lo relacionado con la parte administrativa de cualquier empresa
Especialízate en el sector sanitario como profesión.
¿Te gustan la informática y los ordenadores? Consigue tu título de técnico en esta especialidad.
Dedícate profesionalmente a la asesoría de imagen y a la estética. Encuentra una profesión que se ajusta a tus gustos y que permitirá trabajar en tu pasión.
Si tu vocación es ayudar y cuidar a los demás, debes conocer los grados de esta familia profesional: Educa a niños o ayuda en la integración social de los más necesitados.
La hosteleria y el turismo es uno de los sectores más importantes en la economía española. Serás un profesional demandado en un sector en continuo crecimiento
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. Es decir, que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional, es competencia de las Comunidades Autónomas.
Ha de tener en cuenta que la publicación de un título de FP no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional ni por tanto la oferta de la modalidad de FP Dual, es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
El centro de Formación Profesional debe dirigirse a la web de su Consejería competente en materia de Educación para conocer la documentación que facilite la solicitud y posteriormente, gestión de los proyectos de FP Dual en cada curso académico.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.