Grados Superiores en imagen personal

LA imagen personal se ha convertido en un sector en crecimiento en nuestra sociedad que necesita de perfiles especializados

Si quieres convertir la estética o el asesoramiento en imagen, tanto para personas como para empresas, en tu profesión, estos grados superiores son tu mejor opción. Los grados superiores en imagen personal te permiten compaginar tu pasión con un oficio rentable y con alto acceso al mercado laboral.

  • Tecnico Superior en Estetica
    El título oficial FP de Técnico superior en Estética te permitirá profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo.
  • Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal
    Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal gracias a este curso a distancia.

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Famílias de FP grado superior destacadas

Grados superiores en administración

Domina todo lo relacionado con la parte administrativa de cualquier empresa

Grados superiores en sanidad

Especialízate en el sector sanitario como profesión.

Grados superiores en informática

¿Te gustan la informática y los ordenadores? Consigue tu título de técnico en esta especialidad.

Grados superiores imagen personal

Dedícate profesionalmente a la asesoría de imagen y a la estética. Encuentra una profesión que se ajusta a tus gustos y que permitirá trabajar en tu pasión.

1+1= Grados superiores servicios socioculturales

Si tu vocación es ayudar y cuidar a los demás, debes conocer los grados de esta familia profesional: Educa a niños o ayuda en la integración social de los más necesitados.

Grados superiores en hostelería y turismo

La hosteleria y el turismo es uno de los sectores más importantes en la economía española. Serás un profesional demandado en un sector en continuo crecimiento

Preguntas Frecuentes

¿Es lo mismo el antiguo título de Técnico Especialista (FP II) que el título actual de Técnico Superior?

Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.

¿Se puede pasar de un curso inferior a un curso superior de un ciclo formativo si no se han superado todos lo módulos del curso?

Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.