Si quieres acceder a un Ciclo Formativo de Grado Superior en Valencia y tienes al menos 19 años de edad o los cumples durante este año (o 18 años de edad o los cumples durante este año si has superado un ciclo formativo de grado medio de la misma Familia Profesional o de otra relacionada con la misma), puedes presentarte a la prueba.
En ella, deberás acreditar tu madurez para superar los estudios de FP del Grado Superior que hayas elegido.
Constará de dos partes: Parte común y Parte específica. Los contenidos aparecen en la Resolución de 17 de agosto por la que se establece el currículo de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de las mismas en la Comunitat Valenciana.
Los ciclos a los que permiten el acceso cada una de estas opciones aparecen en la Resolución de 17 de agosto por la que se establece los ciclos a los que permite el acceso las opciones de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de las distintas familias profesionales de F. P.
Estarán exentos de la realización de toda la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. También se contemplan exenciones para la Parte Común o en su caso, del apartado que corresponda y para la Parte Específica o en su caso, del apartado que corresponda.
La normativa sobre exenciones aparece en el artículo 6 de la Orden de 31 de marzo por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos en la Comunitat Valenciana.
La inscripción para las pruebas libres será entre los días 20 de Abril y 4 de Mayo.
PRUEBAS GRADO MEDIO: Convocatoria ordinaria: 18 de junio.
Convocatoria extraordinària: 2 de septiembre
PRUEBAS GRADO SUPERIOR: Convocatoria ordinaria: 11 de junio.
Convocatoria extraordinaria: 2 de septiembre
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En el caso de que los alumnos no superen alguno de los módulos profesionales, las Administraciones educativas, en el marco de la normativa vigente, establecerán las medidas necesarias para facilitarles la obtención del título; entre otras, la ampliación de la duración del proyecto, el traslado de centro o la finalización del programa formativo en un centro educativo.
Todos los ciclos formativos, tanto los de grado medio como los de grado superior, incluyen un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Es obligatorio superarlo para obtener la correspondiente titulación; no tiene carácter laboral y son prácticas que el alumno realiza en la empresa, no conlleva, por tanto, una relación contractual y completará la adquisición de las competencias profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.
Este módulo se realiza una vez que se han superado el resto de módulos que componen el ciclo al final del segundo año del curso, y con carácter general tiene una duración de 346 horas, aproximadamente 9 semanas en empresas a jornada completa.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
El certificado de profesionalidad acredita que una persona tiene las cualidades y capacidades necesarias para el desarrollo de una determinada actividad laboral con significación para el empleo. Se trata de una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y es otorgado por la Administración Laboral.