Acceso mediante la realización de la Prueba libre de Acceso a Grados Superiores de Formación Profesional:
Si quieres acceder a uno de los Ciclos Formativos de Grado Superior en Castilla-La Mancha y tienes al menos 19 años de edad o los cumples durante este año (o 18 años de edad o los cumples durante este año si has superado un ciclo formativo de grado medio de la misma Familia Profesional o de otra relacionada con la misma), puedes presentarte a la prueba.
En ella, deberás acreditar tu madurez para superar los estudios de FP del Grado Superior que hayas elegido.
Características de la Prueba:
Constará de dos partes: Parte común y Parte específica. Los contenidos aparecen en el Boletin Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha por el que se establece el currículo de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de las mismas en Castilla-La Mancha.
| OPCIÓN | FAMILIA PROFESIONAL | MATERIAS |
|---|---|---|
| A |
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| B |
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| C |
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Estarán exentos de la realización de toda la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. También se contemplan exenciones para la Parte Común o en su caso, del apartado que corresponda y para la Parte Específica o en su caso, del apartado que corresponda.
La normativa sobre exenciones aparece en el Boletin Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos en Castilla-La Mancha.
También puedes consultar nuestro apartado de Preguntas Frecuentes sobre las pruebas libres de Formación Profesional de Grado Superior, seguro que te será de utilidad
La inscripción para las pruebas libres será entre los días 6 de Abril y el 6 de mayo del 2010.
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El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.
Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior en esta modalidad tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Además, en función a la normativa autonómica, podrá entregarse un certificado al alumno que haya superado el proyecto donde conste la naturaleza del programa de formación realizado, su duración y valoración del resultado del mismo.
El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.
Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.