Acceso mediante la realización de la Prueba libre de Acceso a Grados Superiores de Formación Profesional:
Si quieres acceder a uno de los Ciclos Formativos de Grado Superior en Castilla-La Mancha y tienes al menos 19 años de edad o los cumples durante este año (o 18 años de edad o los cumples durante este año si has superado un ciclo formativo de grado medio de la misma Familia Profesional o de otra relacionada con la misma), puedes presentarte a la prueba.
En ella, deberás acreditar tu madurez para superar los estudios de FP del Grado Superior que hayas elegido.
Características de la Prueba:
Constará de dos partes: Parte común y Parte específica. Los contenidos aparecen en el Boletin Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha por el que se establece el currículo de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de las mismas en Castilla-La Mancha.
| OPCIÓN | FAMILIA PROFESIONAL | MATERIAS |
|---|---|---|
| A |
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| B |
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| C |
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Estarán exentos de la realización de toda la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. También se contemplan exenciones para la Parte Común o en su caso, del apartado que corresponda y para la Parte Específica o en su caso, del apartado que corresponda.
La normativa sobre exenciones aparece en el Boletin Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos en Castilla-La Mancha.
También puedes consultar nuestro apartado de Preguntas Frecuentes sobre las pruebas libres de Formación Profesional de Grado Superior, seguro que te será de utilidad
La inscripción para las pruebas libres será entre los días 6 de Abril y el 6 de mayo del 2010.
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Los cursos de especialización sólo pueden realizarse una vez que ya se tenga un título de Formación Profesional, ya sea de grado medio o superior. Van a completar, dentro de su mismo nivel formativo, las competencias profesionales del título de referencia y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida.
Estos cursos, con carácter general, tienen una duración de entre 300 y 600 horas lectivas. No obstante, hay que mencionar que todavía no están implantados en el sistema educativo.
Los títulos de Formación Profesional se consiguen cursándolos. Otra cuestión es la posibilidad de acreditar la experiencia laboral para, si desea obtener un título de FP, poder convalidar esa experiencia por determinados módulos de dicho título.
Le resumimos las fases de que consta:
El procedimiento consta de tres fases. Una primera fase de asesoramiento en la que un asesor del ámbito docente o profesional ayudará al candidato a recopilar toda la documentación correspondiente a las competencias que quiera acreditar y a preparar su currículum y dossier personal. Una segunda fase donde se evaluará la competencia profesional y en la que el candidato tendrá que demostrar su capacidad para desarrollar dichas habilidades, y la última fase, donde se acreditará y se registrarán las competencias profesionales que hayan superado.
Es importante destacar que mediante este procedimiento no se obtiene ningún título de Formación Profesional sino que se acreditan X unidades de competencia y al finalizar el mismo, si se desea obtener dicho título, determinados módulos profesionales (asociados a esas unidades de competencia) ya no tendrá que cursarlos y sólo necesitará hacer el resto de los que componen cada ciclo formativo.
Puede ver también aquí lasconvocatorias que pueden servirle para conocer aspectos detallados del procedimiento y las ocupaciones concretas que se han ido convocando por parte de las diferentes administraciones autonómicas, que son las encargadas de llevar a cabo todo el proceso.
El procedimiento de acreditación es un procedimiento extraordinario en el que las Comunidades Autónomas deben dar preferencia a aquellas necesidades de titulados en función de los requerimientos de los sectores productivos de su zona. Esa es la razón de que no se hagan convocatorias de acreditación en fechas fijas ni para todas las unidades de competencia.
El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.